Financial Services Agency

año 2000Regulado por el gobierno

The Financial Services Agency (FSA) oversees all financial services providers, including Forex brokers, in Japan. The ultimate aim of Japan's FSA is to maintain the country’s financial system and ensure its stability. It is also responsible for protecting security investors, insurance policyholders, and depositors. It achieves its aims in a number of different ways including planning and policy making, supervising financial services providers, overseeing securities transactions, and inspecting financial institutions in the private sector. When the FSA was first created it was merely an administrative body. However, its responsibilities were widened in 2001 when it became the external representative of the Cabinet Office of Japan. It took over the responsibilities of the Financial Reconstruction Committee, and also took over responsibility for failed financial institutions.Today, the FSA Japan is held accountable to the Japanese Minister of Finance and enjoys a wide scope of responsibility.

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Resumen de divulgación
  • Coincidencia de divulgación Coincidencia de números reglamentarios
  • Tiempo de divulgación 2020-11-27
  • Motivo del castigo Una situación en la que un gran número de representantes de ventas violan continua y constantemente las leyes y reglamentos durante un largo período de tiempo debido a sistemas de gestión empresarial extremadamente inadecuados, etc.
Detalles de divulgación

Con respecto a la acción administrativa contra Create Japan Co., Ltd.

Recomendaciones basadas en los resultados de las pruebas para Create Japan Co., Ltd. 1. Contenido de la recomendación El director de la Oficina de Finanzas Locales de Kanto estableció Create Japan Co., Ltd. (Chuo-ku, Tokio, número de corporación 5010001141300, presidente Yoshio Io, capital de 303 millones de yenes, 53 funcionarios y empleados de tiempo completo, tipo 1 financiera operación de instrumentos financieros) Como resultado de una inspección a un operador de negocios de instrumentos financieros, un negocio de instrumentos financieros tipo II, en lo sucesivo denominado como la "Compañía"), se encontraron los siguientes problemas con el operador de negocios de instrumentos financieros, por lo que hoy en día el Departamento de Valores y Comisión de Vigilancia Cambiaria Recomendó que el Primer Ministro y el Comisionado de la Agencia de Servicios Financieros tomen medidas administrativas basadas en las disposiciones del Artículo 20, Párrafo 1 de la Ley para el Establecimiento de la Agencia de Servicios Financieros. 2. Hechos: Debido a un sistema de gestión empresarial extremadamente deficiente, etc., una gran cantidad de representantes de ventas han violado las leyes y reglamentos de manera continua y constante durante un largo período de tiempo. (1) Se cometen violaciones. Situación Nuestra empresa maneja el comercio de margen cambiario, y durante el período de enero de 2019 a enero de 2020, 32 vendedores de nuestra empresa abrieron nuevas cuentas para 74 clientes potenciales Como resultado del examen del estado del telemercadeo relacionado con la transacción, se confirmaron los siguientes hechos. A. Violación de la obligación de confirmar la intención de aceptar la solicitud Para evitar la imposibilidad de realizar la solicitud debido al rechazo de la solicitud para abrir una nueva cuenta por parte de clientes potenciales, 10 representantes de ventas pidieron a 18 clientes potenciales que aceptaran dicha solicitud. la solicitud se realizó sin confirmar si había o no la intención de aceptar la solicitud. B Violación de la prohibición de volver a solicitar Aunque 30 representantes de ventas habían expresado su intención de negarse a continuar con las solicitudes de 40 clientes potenciales, priorizaron mejorar su propio desempeño de ventas e hicieron llamadas telefónicas en una fecha posterior. Se considera que el acto de a anterior en la Compañía cae bajo el Artículo 38, Punto 5 de la Ley de Instrumentos Financieros y Cambio. Además, se reconoce que la actuación del anterior B en la Sociedad está comprendida en el artículo 38, inciso 6 de la misma ley. (2) Sistema de gestión empresarial extremadamente descuidado, etc. La situación descrita en (1) anterior se ha reconocido de forma continua y constante a más tardar desde abril de 2016. Se identificaron los siguientes problemas operativos. A. El presidente y director representante reconoce fácilmente que no hay problema con el cumplimiento de las leyes y reglamentos siempre y cuando no haya quejas de los clientes, no hubo reconocimiento de que los riesgos deben administrarse de acuerdo con el modelo de negocios de la Compañía, y ninguna consideración o la discusión de estos asuntos se llevó a cabo dentro de la empresa. B. Con el fin de mantener y expandir el alcance de los negocios de la Compañía, el funcionario a cargo que estaba a cargo de las ventas toleró la violación de las leyes y los reglamentos descritos en (1) anterior y realizó ventas sin tener en cuenta la violación de las leyes. y reglamentos por parte del personal de ventas. C. El funcionario a cargo del control interno no reconoció la necesidad de monitorear las actividades diarias de venta del personal de ventas y, por lo tanto, no estableció un sistema de gestión para garantizar el cumplimiento de las leyes y reglamentos a través de dicho monitoreo. Como se describió anteriormente, la administración de la Compañía ha descuidado el cumplimiento de las leyes y reglamentos porque prioriza la obtención de utilidades para la Compañía, lo que se reconoce como extremadamente descuidado. (Nota) El presidente y el director representante, etc. en (2) arriba se enumeran con los títulos a partir de la fecha de referencia de la inspección (24 de enero de 2020). (Artículos de referencia) ○ Ley de Instrumentos Financieros y Cambio (Ley No. 25 de 1948) (Extracto) (Actos Prohibidos) Artículo 38 Operadores de Negocios de Instrumentos Financieros, etc. o sus funcionarios o empleados no cometerán ninguno de los siguientes actos: no deben . (Omitidos) 1 a 4 (Omitidos) 5. Contratos para transacciones con instrumentos financieros (limitado a aquellos especificados por Orden de Gabinete como necesarios para proteger a los inversionistas, tomando en consideración el contenido del contrato para transacciones con instrumentos financieros y otras circunstancias) Acto de solicitar una cliente sin confirmar si el cliente está dispuesto o no a aceptar la solicitud antes de la conclusión del contrato (vi) Contrato de transacción de instrumentos financieros (considerando el contenido del contrato de transacción de instrumentos financieros y otras circunstancias), limitado a aquellos especificados por Orden del Gabinete según sea necesario para proteger a los inversores.) de la intención del cliente de no celebrar el contrato de transacción de instrumentos financieros Acto de continuar la solicitud a pesar de que se ha indicado la solicitud (incluida la intención de no hacerlo) (en lo sucesivo omitido), etc. están prohibidos ) Artículo 16-4 (omitido) y (i) Intermediación, corretaje (excluyendo Corretaje para Compensación de Valores, etc.) o agencia para las siguientes transacciones entre Operaciones de Derivados de Mercado en nombre de clientes, o provisión de corretaje, corretaje o agencia para encomendar estas transacciones: (a) a contrato en el que las partes en la compra o venta adquieran o vendan instrumentos financieros (se aplicarán en este artículo las enumeradas en el artículo 2, párrafo 24, inciso (ii) o (iii) de la Ley, o en adelante las mismas) y un compra o venta en la que se promete pagar o recibir una contraprestación por la compra y venta del instrumento financiero objeto de la venta o recompra En algunos casos, las operaciones que pueden liquidarse pagando y recibiendo la diferencia (en adelante omitido)
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Anexo